MODALIDAD ESPECIAL DE PRESTACIÓN
DE SERVICIOS ESTABLECIDA POR EL
DECRETO SUPREMO N° 4218 de 14 abril de 2020
Y REGLAMENTADA POR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 220/20 de 24 de abril de 2020
Como consecuencia de la Pandemia del Coronavirus (COVID-19), se ha generado una coyuntura de Emergencia, derivando en cuarentena total, distanciamiento social y todo tipo de medidas urgentes de seguridad sanitaria, que permitan evitar la propagación acelerada de este virus, dado el alto grado de contagio que tiene y la repercusión negativa en la salud, con desenlaces fatales en algunos casos.
Es así que en todos los países del mundo y principalmente los países de Latinoamérica, se han planteado políticas, que permitan superar la coyuntura económica, aspecto que también está siendo atendido por el Gobierno Nacional, lo cual se traduce con la promulgación de distintos Decretos Supremos, que regulan el estado de emergencia en el que nos encontramos; pues lamentablemente, este virus, nos puso en una situación imprevista y totalmente inesperada, donde ninguna Empresa sea del sector público o privado estaba preparada.
El 14.04.2020, el Gobierno Nacional, con la finalidad de viabilizar la continuidad de los servicios de los empleadores tanto del sector público, como del privado, promulga el Decreto Supremo N° 4218, formalizando, así una modalidad especial de Prestación de Servicios, denominada TELETRABAJO, caracterizada por la utilización de Tecnologías de la Información y Comunicación – TIC.
Bajo este concepto, se entiende que la nueva forma de relación laboral en el trabajo, será NO PRESENCIAL, lo que significa, que el Empleador, no requerirá que su teletrabajador, cumpla sus funciones al interior de los ambientes de la Empresa, siempre y cuando, además, la naturaleza y condiciones del trabajo lo permitan y sin que esto afecte el cumplimiento de metas y objetivos de la Empresa.
Compartimos con ustedes el material del Webinar al cual fue invitada la Directora de nuestro Estudio Jurídico: Abog. Gilda Maldonado Guzmán por la UNIVERSIDAD CENTRAL DE BOLIVIA – UNICEN.
CONTENIDO
- Normativa
- Características
- Diferencias
- Obligaciones
- Contrato de Trabajo
- Tips
- Perfil del Teletrabajador
- Recomendaciones para el Empleador
- Claves para que el Teletrabajo Funcione
ARCHIVO PDF
CONCLUSION
El Teletrabajo es una modalidad de trabajo más, como el trabajo presencial. El uso de las tecnologías de la información y comunicación permite trabajar desde un lugar diferente al domicilio del empleador. No altera la relación laboral como empleado de determinada Empresa, y por ende tampoco altera sus derechos y obligaciones, previstas en la normativa laboral.
El Teletrabajo ha sido uno de los temas más destacados en el contexto del Coronavirus, ya que muchas empresas han pedido a sus trabajadores que trabajen desde casa. En este debate hay tres aspectos fundamentales que recogen algunas de las ventajas y desventajas de teletrabajar: los horarios de trabajo, el equilibrio personal-profesional, y la productividad.
En primer lugar, a pesar de que da mayor flexibilidad de horarios, el Teletrabajo hace más difícil definir de qué hora a qué hora trabajamos, pudiendo tener efectos negativos en nuestra salud mental y física.
En segundo lugar, a pesar de que el Teletrabajo puede considerarse una herramienta que tiene efectos positivos en el balance entre la vida personal y la vida profesional, también puede terminar teniendo justamente el efecto opuesto si se borran las fronteras entre estos dos ámbitos (sobre todo teniendo en cuenta que, como decíamos lineas arriba, en esta oportunidad las personas están teletrabajando con sus hijos en casa).
En cuanto a productividad, los efectos del Teletrabajo dependerán de factores como la agilidad de los sistemas de información y comunicación de la empresa, la cultura corporativa, y la capacidad de los supervisores de apoyar al trabajador.
La vida antes y después del Coronavirus no va a ser la misma. Una de las grandes lecciones que nos dejará esta experiencia es que muchas personas pueden trabajar de forma remota sin problema con la tecnología existente.
Además de eficiencia, el Teletrabajo ofrece grandes promesas en otros aspectos. Por ejemplo, puede dar mayor flexibilidad para aquellas personas – muchas veces mujeres – que tienen compromisos familiares y personales (por ejemplo, cuidado de hijos o de adultos mayores) que les impiden trabajar fuera del hogar en horario completo o definido. También permite mayor accesibilidad, ayudando a derribar las barreras estructurales que enfrentan las personas con discapacidad para acceder a un empleo.
El hecho de que más personas estén trabajando desde casa en medio de la crisis mundial del coronavirus nos dejará aprendizajes que sin duda marcarán el futuro de las relaciones laborales. Si este experimento mundial se implementa de manera efectiva, se demostrará por qué el Teletrabajo puede ser una herramienta muy valiosa tanto para la Empresa como para el Trabajador.
Trabajar desde la comodidad de la casa tiene muchos beneficios, además de ahorrar tiempo y dinero en el desplazamientos, también aporta al medio ambiente y al bienestar de las personas.